PROPONEN QUE NOTARIOS SEAN AMOVIBLES Y LAS PATENTES NO DEFINITIVAS

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Chilpancingo, Gro. |  30 de septiembre de 2022.

El diputado Masedonio Mendoza Basurto presentó una iniciativa de reforma a la Ley del Notariado del Estado de Guerrero para establecer que los notarios pueden ser removidos y las patentes revocadas en casos de incapacidad física o mental permanente, clínicamente diagnosticada por especialistas en la materia.

En la iniciativa turnada a la Comisión de Justicia, el diputado de Morena señala que un notario es aquel que contribuye a la construcción de un verdadero sistema de seguridad jurídica y se encarga de fortalecer el Estado de Derecho y la confianza de las y los ciudadanos en la propiedad, corporaciones e instituciones.

Explica que entre las facultades del gobernador está la de autorizar, expedir y revocar patentes para el desempeño de la función notarial, con apego a los procedimientos previstos en la Ley, observando en todo momento las garantías de audiencia, debido proceso y respeto a los derechos humanos.

Además, es responsabilidad del Ejecutivo que exista un eficaz desempeño de las notarías, pues en razón de esto la ciudadanía goza de la seguridad y certeza jurídica en ciertos tramites.

Abunda el legislador que de acuerdo con estudios del INEGI, existe un crecimiento demográfico en los últimos años en Guerrero, y que aunado a la creación de cuatro nuevos

municipios, se concluye que pueden decretarse nuevas notarías, para hacer más cercano este servicio a la ciudadanía.

Argumenta, además, que desde la publicación de la Ley 971 del Notariado del Estado, en 2009, sólo se ha reformado una vez para otorgar la condición vitalicia de explotación de la patente, estableciendo que el notario es inamovible y su patente es definitiva y permanente, generándose con este acto un hecho de legítimo reclamo por parte de la sociedad jurídica y las diversas barras de abogados.

Por ello, refiere que la propuesta de reforma a la Ley del Notariado del Estado plantea que el notario es amovible y su patente no será definitiva, salvo los casos previstos en la Ley, y que es causa de revocación de la patente la incapacidad física o mental permanente, clínicamente diagnosticada por especialistas en la materia, que impida ejercer adecuadamente la función.